Un juzgado considera que la «defectuosa» realización de la prueba motivó la privación a los padres de su derecho a interrumpir el embarazo. La pequeña nació con el Síndrome de Maullido del Gato.
El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Valencia ha condenado a un laboratorio a indemnizar con 700.000 euros a unos padres por no detectar en su bebé una enfermedad grave genética cuando se le practicó a la progenitora un estudio prenatal no invasivo.
En la resolución, el juzgado estima parcialmente la demanda de los padres contra el Laboratorio Echevarne S.A., a quien reclamaban 1.544.621,47 euros por los daños ocasionados. No obstante, la sentencia es recurrible.
Publicado:
Puedes leer toda la noticia en este enlace: